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Sitios contaminados en México: el legado de la omisión y la simulación oficial.

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    GCDS
  • hace 6 días
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Sitios contaminados en México: el legado de la omisión y la simulación oficial.

Introducción: ¿Qué es un sitio contaminado y quién debe responder?

La contaminación del subsuelo ocurre cuando sustancias peligrosas —metales pesados, hidrocarburos, compuestos orgánicos persistentes, residuos industriales, entre otros— se infiltran en la tierra y el agua, degradando el entorno, la salud de las personas y el valor patrimonial. La legislación mexicana presume que el generador histórico es el responsable principal, pero tras más de medio siglo de desarrollo industrial, la corresponsabilidad se extiende al dueño actual, al adquirente “de buena fe”, y, sobre todo, al Estado como garante. En México, la “remediación” es una obligación técnica, legal y financiera, pero suele ser la excepción, no la regla.

 

Del auge industrial al rezago político: Cómo se crearon los pasivos ambientales

A lo largo del siglo XX, México llenó su subsuelo de pasivos ambientales bajo el modelo extractivo y vertical, favoreciendo la expansión de industrias mineras, químicas, metalúrgicas y petroleras, con PEMEX a la cabeza. Los desastres y derrames petroleros Tabasco, Tamaulipas, Hidalgo, Veracruz suman cientos de sitios contaminados sin remediar, con familias desplazadas y ecosistemas transformados en memoria tóxica. Pero también hay miles de lotes urbanos, estaciones de ferrocarril y terrenos rurales impactados por residuos de manejo especial, agroquímicos y basura industrial abandonada.

 

La normatividad ambiental fue reactiva e insuficiente hasta los noventa; la remediación era excepción y no obligación. El caso PEMEX ilustra la persistencia del riesgo: derrames y fugas petroleras han dejado regiones enteras convertidas en focos rojos, con comunidades desplazadas, pérdida de tierras productivas y daños a la salud, mientras el Estado optó por la negación y simulación institucional.

 

El inventario nacional y la falta de acción gubernamental: La política de la evasión

En 2024, el Inventario Nacional de Sitios Contaminados (SEMARNAT, DGGIMAR) reconoce apenas 1,144 sitios, aunque estimaciones de expertos sugieren que la cifra real puede ser tres o cuatro veces mayor. El Programa Nacional de Remediación 2021-2024 reporta avances limitados: la mayoría de los sitios permanecen fuera de atención técnica, los registros oficiales carecen de información accesible y auditada, y la ciudadanía no puede fiscalizar ni exigir transparencia con efectividad. Pese a contar con inventarios y atribuciones normativas, la autoridad mexicana prefiere inventariar en vez de remediar y ha construido una política de largo aliento basada en la simulación y el corto plazo.

 

La autoridad mexicana —federal, estatal y municipal— ha privilegiado la simulación y la omisión frente a la acción preventiva y restaurativa. Se han tolerado pasivos ambientales durante décadas, permitiendo que el valor económico, político y social pese más que los riesgos y derechos ambientales. Se ha normalizado la transferencia de riesgos entre empresas y gobiernos y se ha postergado la exigencia legal y técnica. La inacción oficial en la remediación de sitios ha sido, históricamente, una política silenciosa y de corto plazo.

 

Diagnóstico integral: obstáculos técnicos, institucionales, económicos y sociales

 

Obstáculos técnicos

Deficiencia de laboratorios y capacidades analíticas: La mayoría de las entidades carecen de infraestructura de laboratorio acreditado, limitando diagnósticos confiables de suelos y aguas contaminadas.

 

Limitaciones tecnológicas: Poca aplicación de técnicas avanzadas como biorremediación, solidificación, sistemas de monitoreo pos-remediación. Predomina la remediación "administrativa".

 

Profesionalización insuficiente: Los consultores y gestores carecen de certificaciones homogéneas, generando diagnósticos de baja calidad y ejecuciones deficientes.

 

Obstáculos institucionales

Jurisdicción dispersa: SEMARNAT, PROFEPA, gobiernos municipales y estatales, registran competencias fragmentadas, provocando expedientes burocráticos de años sin resolución.

 

Falta de financiamiento y programas vinculantes: El saneamiento de sitios contaminados supera los recursos asignados; la fiscalización y auditoría son débiles o inexistentes.

 

Simulación administrativa: El Estado tolera la transferencia informal de riesgos: sitios contaminados circulan y se venden sin garantía ambiental ni exigencia real de saneamiento.

 

Obstáculos económicos

Costos de remediación prohibitivos: El precio de remediar frecuentemente supera el valor comercial del predio; por ello se omite la remediación o se simula.

 

Ausencia de incentivos públicos: No abundan créditos verdes, estímulos fiscales, fondos sectoriales ni facilidades administrativas para el saneamiento voluntario.

 

Mercado inmobiliario irresponsable: Predios afectados se transaccionan “por debajo del agua”; las escrituras y avalúos ignoran el daño a menos que haya crisis mediática o social.

 

Obstáculos sociales y culturales

Desconocimiento ciudadano: La población, al ignorar riesgos y derechos, rara vez denuncia o vigila acciones de remediación.

 

Resistencia social y depreciación: Se teme que reconocer los daños reduzca el valor patrimonial o cause litigio.

 

Remediación simulada: Ha proliferado el “servicio de papel” y la limpieza cosmética, degradando la confianza ciudadana y la credibilidad de consultores y autoridades.

 

Magnitud y localización de los sitios contaminados en México

 

Volumen y número de sitios:

Según el Inventario Nacional de Sitios Contaminados (INSC, SEMARNAT), en 2024 hay alrededor de 1,144 sitios oficialmente registrados, aunque muchas fuentes técnicas estiman que el número real es mucho mayor, ya que hay más de 594 sitios identificados como “potencialmente contaminados” a falta de estudios de caracterización.

 

Principales zonas críticas:

Los estados con el mayor número de sitios contaminados o potencialmente contaminados son:

Veracruz, Querétaro, Guanajuato, Jalisco, Colima, Estado de México, Michoacán, Chihuahua, Aguascalientes, San Luis Potosí

Esto responde principalmente a la presencia de corredores industriales antiguos, petroquímica, minería, actividades ferroviarias, infraestructura petrolera y zonas urbanas densamente pobladas.

 

Zonas rurales vs. urbanas:

El 83% de los sitios contaminados identificados por la SEMARNAT hasta 2018 se ubican en zonas rurales; el resto en zonas urbanas o periurbanas. Sin embargo, los impactos urbanos suelen estar asociados a terrenos industriales abandonados, estaciones de servicio, corredores de transporte y antiguos basureros urbanos.

 

Tipos de residuos y contaminantes predominantes

Hidrocarburos:

Relacionados con PEMEX y derivados de la industria de refinación, transporte y almacenamiento; incluyendo derrames en ductos, refinerías, terminales y estaciones, así como en áreas naturales protegidas (más de 46 sitios dentro de ANPs están contaminados por hidrocarburos).

 

Metales pesados:

Principalmente plomo, arsénico, cadmio, mercurio y cromo, asociados a minería, industria metalúrgica y residuos industriales mezclados.

 

Residuos peligrosos industriales:

Solventes, aceites usados, derivados de curtiembre, textil, automotriz, agroindustria (plaguicidas antiguos, bifenilos policlorados o PCBs, lodos y desechos hospitalarios).

 

Lixiviados urbanos y residuos sólidos mezclados:

Muchas ciudades y municipios han clausurado tiraderos a cielo abierto que permanecen como focos de contaminación crónica de suelos y mantos freáticos por lixiviados sin control técnico.

 

Extensión y riesgos

Ejemplo: solo los sitios contaminados por PEMEX dentro de Áreas Naturales Protegidas suman más de 65,000 metros cuadrados afectados con hidrocarburos en al menos 18 ANPs, con casos emblemáticos en la Laguna de Términos, los Pantanos de Centla y la Reserva de la Sepultura.

 

El Estado de México, CDMX, Jalisco, Veracruz y Guanajuato concentran el 47% de los residuos sólidos generados del país y los mayores retos de pasivos ambientales urbanos.

 

Responsabilidad en sitios contaminados: de la culpa individual a la corresponsabilidad objetiva y pública

 

En el actual derecho ambiental mexicano, la responsabilidad por daños ocasionados por contaminación de suelos y pasivos ambientales, ha transitado de la culpa individual del generador a un régimen objetivo, solidario y ampliado, conforme a la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental (LFRA), la LGEEPA y la interpretación reiterada de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

 

Responsabilidad objetiva:

Ya no exige identificar al agente con dolo o culpa, sino probar la existencia misma del daño y su nexo con el sitio o el material contaminante. Basta el acto u omisión, la existencia de pasivos y el riesgo para configurar la obligación de reparar y remediar, con independencia de intención o ganancia.

 

Responsabilidad solidaria:

Este régimen permite condenar a reparación a todo agente ligado al daño, ya sea generador histórico, propietario actual, poseedor, adquirente e incluso la autoridad responsable del control, vigilancia o remediación. “La responsabilidad ambiental se atribuye solidariamente a quienes hayan generado, facilitado o tolerado el daño ambiental, y no sólo al autor material del evento”, establecen criterios recientes.

 

La autoridad omisa, también responsable:

La SCJN y doctrina nacional asumen que el Estado tiene deber constitucional y legal de prevención, vigilancia, restauración y garantía del derecho al medio ambiente sano. Cuando las autoridades, en cualquier nivel, omiten actuar, no sancionan, ignoran pasivos, toleran su transmisión o dilatan la respuesta, “la omisión institucional puede ser condenada en sede judicial a la remediación, reparación o repetición”, como lo confirma la Corte en los amparos en revisión 641/2017, 410/2013 y 640/2019.

 

Jurisprudencia relevante:

El daño ambiental, como afectación de orden público e interés social, no puede quedar sin responsable: “cuando es imposible individualizar al agente o este desaparece, la autoridad responsable de la zona o competencia debe (administrativa, judicial o subsidiariamente) ejecutar la remediación para restablecer el derecho colectivo y repetir, según la ley, en acción civil o penal”. Se consagra así la “responsabilidad del Estado por omisión o falta de protección real y efectiva”.

 

Doctrina y prácticas por considerar:

 

1. No basta identificar al contaminador; debe asignarse vigilancia y garantía de reparación, asegurando la continuidad y la protección intergeneracional del derecho al medio ambiente sano.

 

2. Las empresas deben hacer due diligence ambiental, prever cláusulas de salvaguarda y exigir que autoridades actúen en tiempo y forma, pues la inacción institucional no libera a privados de riesgos eventuales.

 

3. El riesgo es civil, administrativo, penal y reputacional; y se actualiza tanto por acción como por “peligrosa omisión” pública o privada.

 

En pocas palabras se puede afirmar que en la actualidad, la responsabilidad en sitios contaminados abarca a empresarios, propietarios y sector público. Ignorar, demorar o simular la actuación ya es causa de señalamiento y en su caso de sanción, no excusa. El futuro de la remediación y la paz patrimonial, social y empresarial en México pasa por una corresponsabilidad estrecha, donde cada actor, incluido el Estado, cumple o responde con rigor y oportunidad.

 

Adquirentes “de buena fe”, notarios, consultores y autoridades que no aplican due diligence ambiental son cómplices. El resultado es una red de evasión, simulación y rezago donde los pasivos invisibles crecen y la población paga el costo en salud, agua y pérdida de valor.

 

Casos paradigmáticos

 

a. PEMEX y Tabasco: Derrames crónicos sin remediación real, impactos sociales, sitios con conflicto social y huida gubernamental.

 

b. Basureros urbanos y suburbanos: Clausura de más de 2,000 sitios sin gestión post-cierre, expansión informal, y transferencia silenciosa de riesgo; esto es, sólo “cerrados en papel”; la mayoría permanece como focos de contaminación, sin reconversión ni remediación.

 

c. Estaciones de autotransporte y ferrocarriles: Privatización sin estudios ni garantías ha perpetuado contaminantes industriales y metales pesados, transmitiendo pasivos ambientales a nuevos propietarios y vecindarios

 

¿Qué debió (y debe) hacer la autoridad?

 

1. Inventario público, geo-referenciado y auditable, con criterios técnicos claros y participación ciudadana vinculante.

 

2. Programas vinculantes y financiamiento robusto: Saneamiento prioritario de sitios de mayor riesgo, metas exigibles, auditoría ambiental externa.

 

3. Incentivos fiscales y créditos para remediación voluntaria y reconversión productiva/ecológica de predios.

 

4. Actualizar y hacer efectivas las disposiciones legales sobre transferencias inmobiliarias: Prohibir venta de predios sin estudios previos, exigencia de garantías en escrituras y catastros.


5. Formación técnica y control de consultores: Certificación, registro público y auditoría de procesos de remediación y diagnóstico.

 

6. Participación comunitaria y universitaria: Involucrar universidades y ONG en priorización, vigilancia y control de remediaciones.

 

Modelos y comparación internacional

 

Países como Alemania y Estados Unidos han implementado normatividad robusta y financiamiento público para la remediación de sitios contaminados, sumando miles de predios transformados en parques, zonas comerciales o tierras agrícolas. México carece de mecanismos como fondos federales permanentes, estímulos a la recuperación y garantía jurídica exigible el modelo permanece reactivo y preventivo solo en crisis.

 

Propuestas de política pública y ruta de solución

Sin el afán de ser repetitivos, algunas de las sugerencias/propuestas, ya se han comentado, no obstante, es de relevancia tener en consideración lo siguiente:

 

a. Crear un Fondo Nacional de Remediación Ambiental sustentado en participaciones federales y contribuciones sectoriales, destinado al saneamiento sistemático y a la capacitación profesional.

 

b. Implementar un registro obligatorio de pasivos ambientales y predios contaminados, accesible, geo-referenciado e integrado con registros notariales.

 

c. Desarrollar un programa nacional de reconversión, transformando sitios contaminados en zonas productivas, recreativas o educativas; vincular saneamiento con recuperación económica y desarrollo urbano o rural.

 

d. Incentivar la formación, certificación y actualización de profesionales en diagnóstico, remediación y auditoría ambiental; fortalecer infraestructura de laboratorios, estándares y supervisión técnica.

 

e. Reformar y fortalecer los marcos legales para exigir responsabilidad extendida, penalizar la omisión y proteger de forma prioritaria la salud comunitaria y el desarrollo local frente a la simulación y el abandono.


Corolario de cierre

Los sitios contaminados son resultado del largo ciclo de omisión institucional y simulación oficial, siendo el resultado directo de la indiferencia, la simulación y la inacción gubernamental, pudiera ser por presupuesto o por alguna otra razón, la verdad es, que es lo que tenemos. El rezago nacional no es solo técnico ni económico: es político y cultural. La memoria ambiental de México no puede seguir enterrada bajo

 

capas de indolencia y sobreprecio, esto es, la deuda ambiental e institucional sigue creciendo mientras los sitios contaminados permanecen enterrados bajo capas de desidia oficial; es trascedente transformar la gestión de pasivos en prioridad pública y la remediación en justicia social y capital ambiental. Solo así la circularidad y la recuperación ambiental serán más que discurso, y podrá el Estado, la academia y la sociedad construir un futuro libre de pasivos heredados, por lo que, se pudiera cerrar diciendo que así, con corresponsabilidad, vigilancia social y exigencia técnica, podremos dejar de administrar pasivos y comenzar a recuperar territorios, salud y memoria.

 


Referencias clave:

 

Reportaje sobre sitios contaminados PEMEX en ANP:



El presente es la opinión personal del autor, no es respuesta a consulta o pregunta alguna y la información que se manifiesta ha sido obtenida de las fuentes que se han citado; cualquier duda sobre el particular, con gusto estamos a la orden.

 



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